Descripción
Almacenamiento y distribución de combustibles de automoción sujetos a la normativa ADR. Contenedores certificados por Bureau Veritas según IMDG 32° 04 y D.P.R. 6 de junio de 2005, aptos para el transporte de líquidos inflamables (gasolina, queroseno, etanol, bioetanol, gasóleo, biodiésel), según las normas ADR/RID/IMDG en toda Europa sin vehículos ADR ni licencias.
Se puede instalar en pick-ups, o furgonetas, recomendadas para el repostaje de maquinaria agrícola, maquinaria de construcción, barcos, coches, motocicletas, vehículos de carreras, etc.
Gasolina y derivados: SIN licencia ADR (hasta Lt 333)
Obligación de revisión-prueba cada 30 meses (a partir de la fecha del certificado)
Equipamiento de serie:
Escotilla superior Ø 320
Válvula de ventilación de 1"
Tapón de llenado de 2" con cierre de seguridad a prueba de golpes
Muro de escollera interno (excepto el Mod. de 80 Lt.)
Placa de identificación metálica
Certificación de prueba emitida por Bureau Veritas
Certificación de homologación expedida por el Ministerio de Transportes y la Comandancia General del Cuerpo de Autoridad Portuaria, otras certificaciones según normativa vigente
Manual de uso y mantenimiento Grupos de elaboración disponibles:
Unidad dosificadora compuesta por bomba manual ATEX 12V, manguera de 4 m. ATEX y pistola automática ATEX
Envío gratuito dentro de Italia a partir de 250€
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